Con fecha de hoy jueves 26 de Noviembre, se ha publicado en el BOB el Decreto Foral 100/200, del 24 de Noviembre, por el que se modifica el Reglamento de Gestión de los tributos en el Territorio Histórico de Bizkaia, en materia de administración electrónica.

Los principales aspectos que pueden influir a los contribuyentes con efectos a partir del 1 de Agosto de 2021, son los siguientes:

• Tendrán obligación de presentar los impuestos y relacionarse con el Departamento de Hacienda, a través de la sede electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia (DFB):

a) Las personas jurídicas, entidades y demás contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades

b) Las personas físicas que realicen actividades económicas, en lo referente a éstas (hasta ahora podían presentarlos en papel)

c) Las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades sin personalidad jurídica

d) Otros distintos de los anteriormente citados, cuando así lo establezca la normativa propia de cada impuesto

• El servicio de Bizkaibai, plataforma para la transmisión telemática de las obligaciones tributarias que se ha venido usando hasta ahora, dejará de ser operativo a partir de entonces. En ese momento será obligatorio, para tener acceso a los servicios que presta el Departamento de Hacienda, el uso de la sede electrónica de la DFB.

• Los niveles de representación que los contribuyentes otorgan a sus representantes para realizar los diversos trámites ante el departamento de Hacienda cambian ahora, pasando a denominarse Facultades, que se dividirán en 4 grupos.

• Los certificados tributarios tendrán una validez de 6 meses a partir de la fecha de su expedición, salvo que la normativa específica del certificado disponga otra cosa.

Como aspecto importante a destacar, desde 2021 ya no será obligatorio acudir a una oficina foral para realizar trámites o consultas tributarias, ya que todos se podrán realizar de manera telemática.

Desde LAN EDER ASESORES, queremos que estéis informados al máximo posible por si estas modificaciones os pudieran afectar. Para ello os adjuntamos el link del Boletín Oficial de Bizkaia, https://www.bizkaia.eus/lehendakaritza/Bao_bob/2020/11/26/I-761_cas.pdf, así como el link del área de Prensa de la DFB, https://web.bizkaia.eus/es/web/area-de-prensa/noticias/-/news/detailView/21395?_News_redirect=https%3A%2F%2Fweb.bizkaia.eus%2Fes%2Fweb%2Farea-de-prensa%2Fnoticias%3Fp_p_id%3DNews%26p_p_lifecycle%3D0%26p_p_state%3Dnormal%26p_p_mode%3Dview%26_News_cur%3D1%26_News_delta%3D20%26_News_keywords%3D%26_News_fileType%3D0%26_News_department%3D0%26_News_departmentName%3D%26_News_startDay%3D0%26_News_startMonth%3D-1%26_News_startYear%3D0%26_News_endDay%3D0%26_News_endMonth%3D-1%26_News_endYear%3D0 , por si os interesase ampliar esta información.